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+ ¿Puedo participar en alguna de las reuniones de la Junta directiva de esta asociación?

Sin duda. Nuestras reuniones ordinarias de junta, normalmente la última semana de cada mes y en formato telemático, están abiertas a los socios. Para poder asistir sólo tienes que enviar un correo a unio@estanquersdebarcelona.com y nos pondremos en contacto contigo.


+ Ya soy socia o socio, pero no recibo las comunicaciones por Whatsapp. ¿Qué debo hacer?

Nuestras comunicaciones se realizan por correo electrónico y por whatsapp. En este último caso, para recibir todos los mensajes es imprescindible guardar nuestro número 933027861 en los contactos de tu móvil. De esta forma empezarás a recibir nuestros mensajes. En caso de problemas, llámenos y lo solucionaremos.


+ ¿Cómo puedo beneficiarme de los descuentos y condiciones especiales con las empresas asociadas?

Rellenando este formulario con tus datos te enviaremos la información y en caso de que quieras adherirte a alguno de ellos, nosotros nos encargaremos de gestionar tu inscripción o te explicaremos cómo hacerlo.


+ ¿Cómo puedo acceder al servicio jurídico de la UNIÓN DE ESTANQUERS DE BARCELONA?

Sólo por estar asociado, tienes acceso a nuestro abogado especializado en el sector del tabaco. Puedes concertar una visita o llamada cada jueves de 17.00 a 20.00. Este servicio es totalmente gratuito para socios.


+ En caso de querer asistir a una sesión formativa, ¿que tengo que hacer?

Rellenando este formulario Con tus datos, tendrás la inscripción formalizada. Todo y esto, recibirás una confirmación por correo electrónico, dependiendo del aforo máximo o para qué sesión tienes la reserva de plaza.


+ ¿Cómo se tramita una autorización PVR quiosco o tienda conveniencia?

La tramitación de una solicitud de venta con recargo de un quiosco, tienda de conveniencia general o una tienda de conveniencia de una gasolinera se tramita como cualquier pvr pero se tiene que juntar la declaración responsable en el caso de las tiendas de conveniencia, que puedes encontrar en este enlace:

https://interior.gencat.cat/ca/tramits/tramits-temes/Certificat-acreditatiu-com-a-botiga-a-labast-per-vendre-tabac-mitjancant-maquines-expenedores

Y en el caso del quiosco necesiten adjuntar el título administrativo de ocupación vía pública que se solicita al ayuntamiento correspondiente.


+ ¿Cómo se da un PVR de alta en la FNMT?

Para realizar una alta de un pvr como operador y su instalación, en primer lugar lo puede hacer directamente lo pvr o lo puede hacer el titular del estanco con la autorización de representación firmada por el pvr, teniendo en cuenta que la persona que lo tramite será el único que pueda hacer modificaciones (descarga aquí el formulario). Puedes consultar la guía y descargar el formulario donde se detalla todo el proceso (pdf de la guía).



+ ¿Qué cambios en un PVR implican una nueva solicitud, y cuáles no?

Los cambios que no implican una nueva solicitud de venta con recargo son: cambio de domicilio (manteniendo el nombre del establecimiento), cambio de máquina, cambio de expendeduría de suministro o cambio del tipo de gestión. El que si se necesario comunicarlo al CMT a trabas del formulario de este enlace:

https://www.hacienda.gob.es/Documentacion/Publico/Tabacos/Maquinas%20expendedoras/ModificacionBajaPVRv1.6.pdf

El cambio de titular del establecimiento, sea nif o nombre, nombre del establecimiento, estanco de suministro implica una nueva solicitud y un nuevo pago de la tasa.


+ ¿Cómo se tramita una Declaración Responsable?

Actualmente para enviar una declaración responsable de comercialización de terceros productos, recomendamos hacerlo mediante la sede electrónica central del ministerio de Hacienda:

https://sedeminhap.gob.es/es-ES/Sedes/CMTabacos/Procedimientos/Paginas/default.aspx?p=1

Para hacerlo es necesario acceder con clave móvil, DNIe, certificado digital o clave pin. Llenando tus datos y adjuntando el archivo con la declaración, recibirás un justificante de entrega de tu trámite. La declaración responsable la puedes descargar en este enlace:

https://www.hacienda.gob.es/Documentacion/Publico/Tabacos/Expendedurias/DeclaracionResponsableParaLaComercializacionDeOtrosProductosEnExpendedurias.pdf


+ ¿Debo notificar al CMT el cierre ya sea por vacaciones o por enfermedad?

Si, por vacaciones se tiene que notificar con 15 días de antelación y por enfermedad se tiene que notificar a posteriori, dentro de los dos días siguientes al inicio del cierre.

Aquí tienes el enlace por la notificación:

https://www.hacienda.gob.es/Documentacion/Publico/Tabacos/Expendedurias/SolicitudDeAutorizacionParaElCierreTemporalDeExpendeduriasDeTabacoYTimbreDelEstado.pdf


+ ¿Qué cantidad de tabaco puedo vender con y sin factura?

Está regulado a un máximo sin factura de 39 paquetes de pitillos, 199 cigarros o purets, y 999 gr de tabaco picado. Por encima de estas cantidades se obligatorio emitir factura.


+ ¿Puedo hacer facturas de sellos, letras u otros efectos timbrados?

Los estancos no pueden hacer facturas de los sellos (ni de timbre en general). No hablamos de la factura simplificada, si no de la factura que permite deducir el iva y que el documento lo desglosa.

En el supuesto de que el cliente la quiera lo único que puedes hacer es pedir las datos al cliente por facilitarlos a logista para que pida a correos la factura.


+ ¿Si tengo labores de tabaco en mal estado, qué puedo hacer?

Te tienes que poner en contacto con el comercial correspondiente para que su empresa autorice su canje a logista.


+ ¿Qué puedo y qué no puedo tener expuesto en el escaparate?

En los escaparates se podrá exponer todo aquel artículo que no sea tabaco, productos con nicotina o artículos que puedan liberar nicotina. Y siempre respetando el principio de neutralidad y que no afecten a la imagen corporativa de los estancos.