14/04/2025
Seguramente has recibido o visto muchas noticias, mensajes o correos sobre la liquidació del nuevo impuesto a la nicotina, y todos los días que pasa te supone un dolor de cabeza.
Ahora ESTANQUEROS DE BARCELONA ha confeccionado una herramienta exclusiva para socios y socias, para ponértelo més fàcil y r&aa;pid. Nombreés tendrá que pasar los datos a la declaración. que la AEAT debe publicado recientemente.
Pídela por correo a unio@estanquersdebarcelona.com o por telé 93 302 78 61.
Todos los obligados deben rellenar y remitir a través de la Sede Electrònica de la Agència Tribuària, la Declaració Informativa de las Existencias almacenadas a 1 de abril de 2025.
La Declaració de Existencias obligada para todos los expendedores, incluso si no tienen producto almacenado a 1 de abril de 2025, debiendo indicar "0" como cantidad. As&oa; tambiné aplica a comerciantes con existencias inferiores a los lámites establecidos para productos de nicotina (40 ml para líquidos de cigarrillos electr&oa;venicos, 400 unidades para bolsas de nicotina y 500 g para otros productos), donde la autoliquidación; del impuesto Modelo 573, tambié reflejarà un importe a abonar de 0 €. Ademés, la AEAT permite corregir errores en la Declaración. de Existenèncias mediante su baja y posterior presentación. correcta.
La AEAT no ha establecido una fecha límito para llevar a cabo la Declaració Informativa de Existencias, por la que cosa el plazo estará; abierto més enlà del 30 de abril de 2025. Sin embargo, recomiendan que, al tratarse de las existencias que se encontraran almacenadas a fecha 1 de abril de 2025, la Declaració se lleve a cabo como més lo mejor posible.
Importe del impuesto según epígrafo:
Epígrafe 1 |
Epígrafe2 |
Epígrafe 3 |
Epígrafe 4 |
contenido nicotina |
contenido nicotina |
Bolsas de nicotina |
Otros productos |
0,15 € por ml |
0,20 € por ml |
0,10 € por gr |
0,10 € por gr |
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