Principals novetats aprovades en el nou reglament
PRINCIPALES NOVEDADES APROBADAS
- Introducción de labores de tabaco de países miembros de la UE.
Se elimina la inhabilitación a los expendedores para poder importar labores de tabaco de Estados de la Unión Europea, recogida en los artículos 2, 26.Uno y 42.Uno del Real Decreto 1199/1999, de 9 de julio. - Posibilidad de llevar a cabo venta a distancia de labores.
Respecto a la infracción grave recogida en el art. 57,5.e) del Real Decreto, se aclara, que no es constitutiva de infracción la venta a distancia a personas residentes en otro Estado miembro de la Unión labores de tabaco que tengan la condición de “mercancías comunitarias”. - Vinculación laboral con otros operadores.
Los expendedores podrán mantener vinculación laboral o profesional con otros operadores mayoristas, a los exclusivos efectos de realizar introducción de labores de tabaco. Artículo 27. - Nuevas convocatorias a través de Subasta.
Se modifican los artículos 27, 35 y 36 para incluir en ellos la nueva forma de acceder a la convocatoria de expendedurías a través de subasta.
06 ene 2013
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