La comercialització de la cigarreta electrónica
omo ya conocéis, el 25 de octubre, recibimos la Resolución del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se considera que el cigarrillo electrónico es equiparable a un artículo de fumador y en consecuencia, es susceptible de ser comercializado en las expendedurías.
Como ya os comentamos en la Mesa de Asociaciones Provinciales celebrada en el día de ayer, existen multitud de marcas y modelos en el mercado ofertadas por numerosos proveedores que desean introducir sus productos en nuestro sector.
Es por esto que rogamos indiquéis a vuestros socios que presten especial cautela en esta cuestión, de tal manera que los proveedores elegidos cuenten con suficiente garantía y no ofrezcan a los clientes productos de baja calidad.
No debemos olvidar que se trata de un tercer producto y que la razón de ser del Monopolio es la comercialización al por menor de labores de tabaco.